Los directores andaluces sancionarán a los docentes que falten a clase o no acudan a reuniones y tutorías |
La Consejería andaluza de Educación ha publicado la nueva orden que regulará, a partir del próximo curso, la potestad disciplinaria de los directores con respecto al personal que presta sus servicios en los centros públicos no universitarios de la comunidad. Esta normativa permitirá sancionar a los trabajadores de las escuelas infantiles, colegios, institutos y centros de Educación Especial que sumen hasta un máximo de nueve horas al mes de ausencia en sus puestos, así como a aquellos que no justifiquen adecuadamente una falta de todo un día. Los directores, asimismo, podrán sancionar a los docentes que no cumplan con su horario lectivo o con el de “obligada presencia en el centro”; es decir, que los profesores que se ausenten de sus guardias, tutorías, reuniones de departamento, claustros, consejos escolares o actividades que configuran el horario individual presencial estarían cometiendo una infracción. Los directores también estarán capacitados para imponer sanciones leves, consistentes en apercibimientos que quedarán registrados en los expedientes personales de los docentes, por aquellas funciones de obligado cumplimiento que el colegio o el instituto haya incluido en su Plan de Centro o en su Reglamento de Organización (ROC), y que no sean acatadas. Cuando estos incumplimientos tengan calificación de falta grave, la infracción pasará a ser abordada por el titular de la Dirección General de Recursos Humanos o a la Delegación Provincial correspondiente. |
Tuesday 30 August 2011
Los Directores Andaluces podrán castigar a su Profesorado
Subscribe to:
Post Comments (Atom)
No comments:
Post a Comment